DE ACUERDO A CIRCULAR DE SUPERSERVICIOS USUARIOS NO ESTARÁN OBLIGADOS A PAGAR CONCEPTOS DIFERENTES AL SERVICIO PRESTADO POR LA EMPRESA

Por Alberto Luna

La Superintendencia de Superservicios Públicos emitiò hoy 29 de enero de 2025, la Circular Externa 2251000000044 por el cual informa que las empresas de servicios públicos domiciliarios no podrán cobrar conceptos diferentes al servicio que presta, como por ejemplo, impuestos, seguros, créditos, entre otros, al usuario o suscriptor, con la excepción, de que usuario o suscriptor lo acepte por escrito.
Los cobros por conceptos diferentes al servicio prestado, deben aparecer por aparte en la factura.
Al usuario no le pueden cortar el servicio por deudas de conceptos diferentes al servicio que presta la empresa.
El usuario puede ir a la empresa de servicios públicos y solicitar una factura especial para cancelar únicamente el valor correspondiente al servicio prestado por la empresa.
Esta situación se presentarìa para el caso de Air-e que cobra el Impuesto de Vigilancia y Seguridad, lo mismo que el aseo en algunos municipios. Para el caso de la empresa Triple A, el cobro del Alumbrado Público.

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