Mineducación ordena investigar al Consejo Superior y al comité de credenciales de la Universidad del Atlántico

El ministerio de educación ordenó la apertura de una investigación preliminar contra miembros del Comité de Credenciales y del Consejo Superior Universitario de la Universidad del Atlántico por presuntas irregularidades en la elección del Rector para el periodo 2025-2029. ​

La investigación se basa en la Ley 30 de 1992 y la Ley 1740 de 2014, que otorgan al Ministro de Educación Nacional la facultad de supervisar la educación superior. ​

Se alega un posible incumplimiento de requisitos establecidos en el Estatuto General de la Universidad del Atlántico para la elección del Rector. ​

Antecedentes de la Denuncia

Se estableció que el Sindicato de Trabajadores y Docentes de la Universidad del Atlántico (SINTRAUDEA) presentó una denuncia sobre irregularidades en la acreditación de requisitos del candidato Leyton Daniel Barrios Torres. ​En la misma se mencionan certificaciones contradictorias sobre su vinculación como docente, lo que podría afectar su elegibilidad según el artículo 29 del Estatuto General de la Universidad. ​

El 1 de septiembre de 2025, se publicó la lista definitiva de postulados, donde se incluyó a Barrios Torres tras la verificación del Comité de Credenciales.

Dicho Comité argumentó que su función se limitaba a comprobar la existencia y validez de los documentos presentados, sin evaluar la idoneidad de los postulados. ​

Decisión del Consejo Superior

De otro lado el 27 de octubre de 2025, el Consejo Superior designó a Leyton Barrios como nuevo rector, lo que generó cuestionamientos sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos. ​ ​

La investigación preliminar busca determinar si hubo incumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias en el proceso electoral. Para este proceso se incorporan como pruebas documentos relevantes, incluyendo la denuncia de SINTRAUDEA y las respuestas del Comité de Credenciales.

El ministerio designó al doctor Harold Mauricio Cárdenas Moreno como investigador del caso y ordena comunicar la resolución a los miembros del Comité de Credenciales y del Consejo Superior Universitario, quienes no podrán apelar esta decisión.

La resolución entra en vigencia a partir de su expedición y se comunica a las partes involucradas para su cumplimiento.

 

 

 

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